Dirección

CERETÉ, CÓRDOBA - CL 18 5 97

Horario de oficina

Lun - Vie: 07:00 AM - 04:00 PM

OTERO DAVID EDGAR

Rector

El representante del establecimiento ante las autoridades educativas es el ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar (Art. 20 del Decreto 1860/1994).

• La autoridad que abarca todos los campos propios o que afectan directamente a la Comunidad Educativa, según el Proyecto Educativo Institucional.

PERFIL

  • Dirigir la organización, ejecución y control del Proyecto Educativo institucional con la participación de los distintos actores de la
    comunidad educativa.
  • Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
  • Representar al Establecimiento ante las Autoridades educativas y la Comunidad escolar.
  • Formular Planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.
  • Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos Interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
  • Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes a los docentes y administrativos, para reportar las novedades e irregularidades ante la Secretaría de Educación Municipal, Departamental o quien haga sus veces.
  • Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las
    novedades y los permisos.
  • Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de: docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas vigentes.
  • Realizar la Evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. Consciente de que la evaluación es un proceso continuo y permanente para la buena marcha de la Institución.
  • Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
  • Suministrar información oportuna al departamento y al municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
  • Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución.
  • Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa, al menos cada seis meses.
  • Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos del Decreto 4791 de 2008.
  • Cumplir con las demás funciones que le asigne el Ministerio de Educación Nacional, la secretaria de Educación Departamental y Municipal.

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